Publicada el 11 de abril 2019.
Para evitar daños al medio ambiente y a las comunidades aledañas, las empresas mineras deben contar con rigurosos programas de cierre de faenas, lo que está regulado por la Ley N° 20.551.
El 3 de abril, en la Sala del Senado, se aprobó un proyecto para modificar esta ley, con el objetivo de que la gran y mediana minería garanticen las medidas que tomarán para dejar aseguradas sus operaciones una vez que cumplan su vida útil, evitando que queden pasivos abandonados o residuos que pueden llegar a ser altamente contaminantes. Estas modificaciones están orientadas, principalmente, a facilitar la constitución de garantías y reducir la burocracia en la actualización de los planes del cierre de faenas.
El ministro de Minería Baldo Prokuriça ha señalado que, con esta iniciativa, se avanzará en dos temas fundamentales. “Primero, reactivar aquellos proyectos que, teniendo los estudios de impacto ambiental aprobados, no tienen los recursos para ejecutarlos. Y, por otro lado, muchas iniciativas que hoy tienen garantizado el cierre de faenas mediante boletas de garantía puedan liberar esos recursos que hoy alcanzan más de US$ 3.300 millones y se reinviertan en el sector”.
La iniciativa fue aprobada por unanimidad y ahora pasará próximamente a su último trámite legislativo para convertirse en ley.
Acuerdo entre el Gobierno y privados
En el marco de la Política Nacional de Relaves, en tanto, los ministerios de Minería y del Medio Ambiente junto al Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) firmaron, el 27 de marzo, un convenio para facilitar que empresas privadas, como medida de compensación de sus próximos proyectos, reprocesen y remedien relaves abandonados.
Esto se traducirá en que depósitos mineros que se encuentren abandonados sean trasladados o cerrados por parte de privados, a través de la herramienta de compensación ambiental presente en la Ley N° 19.300 y el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
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Fuentes: www.portalminero.com/proyecto