Publicada el 8 de octubre de 2020.
El proceso de Declaración Jurada Anual para que los establecimientos reporten sus emisiones, residuos o transferencias de contaminantes inició el pasado 1 de octubre, y las empresas podrán realizarlo hasta el día 31 del presente mes a través del Sistema de Ventanilla Única del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC). Es importante destacar que esta acción es obligatoria de acuerdo a lo establecido en el D.S. 1/2013 del MMA, Reglamento RETC, y su Resolución Exenta N°144/2020 MMA.
Para realizar la Declaración Jurada Anual el encargado del establecimiento deberá acceder al Sistema VU RETC (http://vu.mma.gob.cl) con su Rut y Clave Única, y en aquellos casos que corresponda, haber reportado los Formularios de Producción y Gasto en Protección Ambiental GPA. La información para hacerlo se encuentra disponible en el mismo portal (manuales, videos tutoriales y presentaciones).
El jefe del Departamento de Información Ambiental, Marcos Serrano, destacó que la sanción para aquellas empresas que no hayan cumplido con este requisito al 1 de noviembre de 2020, implicará remitir los antecedentes a la Superintendencia del Medio Ambiente a fin de iniciar un proceso sancionatorio.
Si deseas informarte más sobre este tema, te invitamos a leer “MMA inicia proceso de Declaración Jurada Anual para establecimientos que reportan sus emisiones y transferencias de contaminantes al RETC”.